Esta legislación busca trazar la ruta para el desarrollo de la Ciudad de México con una visión a 20 años, a través de dos instrumentos principales: el Plan General de Desarrollo Urbano y el Programa General de Ordenamiento Territorial.
Pese a críticas de legisladores de otros partidos y de organizaciones sociales, la jefa de gobierno capitalina, Claudia Sheinbaum, defiende el control que la ley da a su administración sobre estos instrumentos y sobre los nombramientos en el futuro Instituto de Planeación.
“La ciudadanía eligió un proyecto; entonces, tú no puedes tener una ciudadanía que elige un proyecto de ciudad y un Instituto de Planeación que está alejado de lo que eligió la ciudadanía”, dijo tras la aprobación de la norma.
“El Instituto de Planeación tiene la gran tarea de hacer una planeación de largo plazo para la Ciudad de México, y ahí tiene que haber una incorporación de distintas áreas, pero lo cierto es que no puede haber una independencia entre el gobierno y la planeación de la ciudad”, insistió.
Pero más allá de los señalamientos, ¿cuáles son los detalles de la ley? Aquí los exponemos.
¿Qué hará el Instituto de Planeación?
El Instituto de Planeación se definió en la ley como un organismo público descentralizado, mas no independiente del gobierno local. Su tarea será conducir la planeación de la ciudad, así como crear y dar seguimiento a los instrumentos de planeación.
Aún carece de la ley orgánica que defina sus funciones y alrededor de 35 cargos; sin embargo, cuando entre en vigor la Ley de Planeación, comenzará a correr un plazo de 60 días para que quede integrada la institución.
El instituto estará conformado por:
• Junta de Gobierno.
• Dirección General.
• Directorio Técnico.
• Consejo Ciudadano.
• Oficina de consulta pública y participación social.
La Junta de Gobierno será el órgano rector del instituto y estará presidida por la jefa de gobierno. Además, estará integrada por los titulares de las secretarías de Finanzas, Gobierno, Medio Ambiente, Gestión Integral de Riesgos y Desarrollo Urbano, así como por tres integrantes del cabildo capitalino y siete consejeros ciudadanos, quienes serán elegidos por el Comité Técnico de Selección, formado por invitación de la mandataria local.
El instituto será el encargado de elaborar el Plan General de Desarrollo y el Programa General de Ordenamiento Territorial, es decir, los instrumentos que definirán bajo qué criterios deberá desarrollarse la CDMX en el largo plazo.
¿Cómo se plantea el desarrollo a 20 años?
Para establecer esta visión, se plantea crear el Plan General de Desarrollo Urbano y el Programa General de Ordenamiento Territorial.
Plan General de Desarrollo. Definirá para el largo plazo las políticas de la ciudad en la materia y a él deberán sujetarse todos los programas y proyectos públicos, además de la programación y ejecución del presupuesto. Tendrá una vigencia de 20 años.
Deberá ser elaborado por el instituto, que lo mandará a la Jefatura de Gobierno. Será esta la que defina cómo participarán los ciudadanos para dar su opinión a partir de foros y propuestas.
El plan deberá incluir criterios de ordenamiento territorial, bienestar social, economía distributiva, patrimonio de la ciudad, coordinación metropolitana, ciudad global, hacienda pública, derechos humanos y seguridad ciudadana.
Cuando se terminen de incorporar las propuestas ciudadanas, el plan será devuelto al instituto y después irá de regreso al gobierno, para finalmente ser sometido a votación del Congreso. Sheinbaum y los alcaldes capitalinos —con los instrumentos de planeación de sus respectivas demarcaciones— contarán con la ventaja de la afirmativa ficta, pues si en un plazo de seis meses no se discuten los documentos, estos se tendrán por aprobados.
Programa General de Ordenamiento Territorial. A través de él se regulará la ocupación y el uso del suelo de la ciudad. Contendrá las normas generales y los instrumentos del aprovechamiento del territorio. Establecerá los principios para el desarrollo sustentable en el suelo de conservación, así como el uso equitativo y eficiente del suelo urbano con una vigencia de 15 años.